Plazos de VeriFactu 2027: a quién afecta y desde cuándo
VeriFactu se ha aplazado dos veces. Las fechas actuales son el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto, incluidos los autónomos. Esto es lo que significa para una tienda online.
Las fechas
| Quién | Obligatorio desde |
|---|---|
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (SL, SA y demás sociedades) | 1 de enero de 2027 |
| Resto de obligados: autónomos (IRPF con actividad económica), comunidades de bienes, sociedades civiles sin personalidad jurídica, no residentes con establecimiento permanente… | 1 de julio de 2027 |
| Fabricantes y comercializadores de software de facturación | Desde el 29 de julio de 2025 deben ofrecer programas adaptados |
Las fechas las fijó el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, publicado en el BOE el 3 de diciembre y convalidado por el Congreso ese mismo mes. Sustituyen a las anteriores, que eran 2026. Hasta que llegue tu fecha puedes usar VeriFactu de forma voluntaria, y la AEAT lo recomienda para probar con tiempo.
El plazo es para tener el sistema funcionando, no para empezar a buscarlo. Cambiar de programa de facturación, probar la integración con la tienda y resolver los primeros errores lleva semanas. Y los proveedores estarán saturados en las semanas previas a cada fecha.
¿Te afecta?
VeriFactu se aplica a quien emite facturas con un sistema informático de facturación: un programa, un plugin o un servicio en la nube. Si tienes una tienda WooCommerce que genera facturas o tiques automáticamente, casi seguro que sí.
Quién queda fuera
- Quienes están acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA.
- Quienes tienen su domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra y tributan con normativa foral, que tienen sus propios sistemas, como TicketBAI.
- Quienes no usan ningún programa informático para facturar.
Hay casos dudosos, como facturar con una hoja de cálculo o un procesador de textos. Consulta las preguntas frecuentes de la AEAT o a tu asesor.
¿Qué pasa si no te adaptas?
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria sanciona la tenencia de sistemas de facturación que no cumplan los requisitos con una multa fija de 50.000 euros por ejercicio. Para fabricantes y comercializadores de esos programas, la multa puede llegar a 150.000 euros por ejercicio y tipo de sistema.
Qué hacer ahora si tienes una tienda online
- Averigua qué programa emite tus facturas: el plugin de facturas, el servicio de facturación o la gestoría.
- Pregunta a ese proveedor si ya cumple VeriFactu, en qué modalidad y dónde está su declaración responsable. Tienes una lista de preguntas en la guía de WooCommerce.
- Si no cumple, elige una alternativa ya y pruébala en paralelo antes de tu fecha.
- Revisa la zona horaria de tu WordPress (Ajustes › Generales › Madrid o Canarias). La fecha y hora de cada registro dependen de ella.
- Comprueba las primeras facturas: que llevan el QR con la leyenda, que la URL de cotejo es correcta y que la huella cuadra. Puedes hacerlo con el validador.
Comprueba tus registros antes de la fecha
El validador calcula la huella y el QR de cualquier registro y marca los errores de formato. Funciona en tu navegador, sin enviar datos a ningún servidor.